Paquete Económico 2027
El pasado 8 de septiembre de 2026, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (“SHCP”) entregó a la Cámara de Diputados el Paquete Económico 2027, con el que arranca el proceso legislativo para definir las reglas fiscales que regirán a partir del próximo ejercicio.
A diferencia de otros años, la propuesta no plantea subir la tasa general del impuesto sobre la renta (“ISR”), que se mantendría en 30%, ni la del impuesto al valor agregado (“IVA”), que seguiría en 16%. Sin embargo, esto no significa que el paquete sea neutral para las empresas: contiene una reforma puntual pero de fondo a la Ley del Impuesto sobre la Renta (“LISR”) que limita, por primera vez de forma estructural, el monto de las deducciones autorizadas y de las pérdidas fiscales que pueden aplicarse en un mismo ejercicio.
En ese sentido, si bien la recaudación no crecería por la vía de nuevas tasas o mayor base de contribuyentes, sí lo haría por la vía del ensanchamiento de la base gravable, en un contexto en el que la propia SHCP proyecta que los ingresos tributarios alcanzarían 15.9% del PIB en 2027, un máximo histórico, y en el que los Requerimientos Financieros del Sector Público equivaldrían a 3.9% del PIB.
Un nuevo capítulo en la LISR para limitar deducciones y pérdidas
La Iniciativa propone adicionar un Capítulo X al Título II de la LISR, denominado “Del Mecanismo de Control de las Deducciones Autorizadas y de las Pérdidas Fiscales”, aplicable a las personas morales residentes en México que obtengan ingresos acumulables superiores a $50,000,000.00 de pesos y determinen utilidad fiscal en el ejercicio.
El mecanismo funcionaría, en términos generales, así: cuando las deducciones autorizadas sean iguales o menores al 96.67% de los ingresos acumulables, el monto deducible se ajustaría aplicando un factor de 0.9900 al total de dichas deducciones; cuando las deducciones excedan ese 96.67%, el monto máximo deducible quedaría limitado a ese mismo porcentaje de los ingresos. Las pérdidas fiscales de ejercicios anteriores, por su parte, solo podrían disminuirse hasta por el 50% de la utilidad fiscal del ejercicio, una vez aplicado el límite a las deducciones.
Lo relevante para nuestros clientes es que los montos no aprovechados —tanto de deducciones como de pérdidas— no se perderían de manera definitiva, sino que podrían disminuirse en los 20 ejercicios siguientes conforme a las reglas del propio mecanismo, si bien ese derecho sería personal y no podría transmitirse por fusión o escisión. La propuesta también contempla que el efecto del límite se refleje desde los pagos provisionales mensuales de 2027, mediante factores de ajuste al coeficiente de utilidad de 1.0658 o 2.6162, según el caso, en lugar de concentrarse hasta la declaración anual.
Quedarían fuera de este mecanismo, entre otros, los contribuyentes del régimen de Coordinados, el sector primario, las empresas maquiladoras (salvo por ventas en territorio nacional), las empresas con menos de cinco ejercicios de inscripción en el RFC y las instituciones de seguros. La Iniciativa incluye además reglas de continuidad económica para evitar que fusiones, escisiones o reestructuras corporativas se utilicen para eludir estos límites.
Un RESICO más amplio y flexible
En contraste con el mayor control a las empresas grandes, la Iniciativa busca ampliar el Régimen Simplificado de Confianza (“RESICO”) tanto para personas físicas como para personas morales. Para las personas físicas, el límite de ingresos para tributar en este régimen pasaría de $3,500,000.00 a $5,000,000.00 de pesos, conservando la tasa máxima de 2.5%, y se eliminaría la restricción que hoy impide reincorporarse al régimen tras haber incumplido obligaciones fiscales.
Para las personas morales, el límite de ingresos subiría de $35,000,000.00 a $50,000,000.00 de pesos y, sobre todo, el régimen dejaría de ser obligatorio para convertirse en opcional, de manera que las empresas de menor escala podrían elegir entre el RESICO y el régimen general según les convenga. La propuesta también duplica varios porcentajes máximos de deducción de inversiones aplicables a estas empresas —por ejemplo, de 50% a 100% en equipo de cómputo y de 25% a 50% en mobiliario, equipo de oficina y automóviles— con el fin de acelerar la recuperación fiscal de sus inversiones.
Otros ajustes que conviene tener en el radar
La Iniciativa también propone: reducir la tasa de retención de ISR sobre intereses pagados por el sistema financiero de 0.90% en 2026 a 0.68% en 2027; bajar de 15% a 7.5% la tasa de ISR aplicable a la repatriación de capitales de procedencia lícita, siempre que se inviertan en actividades productivas en el país por al menos tres años; establecer una tasa reducida de 10% de ISR sobre las ganancias por venta de acciones colocadas en ofertas públicas iniciales en bolsas mexicanas; reducir de 30% a 20% el límite de deducibilidad de intereses netos respecto de la utilidad fiscal ajustada; y derogar el Régimen Opcional para Grupos de Sociedades, con obligación de desintegración a partir del 1 de enero de 2027 para quienes tributen en él.
Lo que sigue
Se trata, por ahora, de una Iniciativa: la Cámara de Diputados tiene hasta el 20 de octubre de 2026 para aprobarla y el Senado hasta el 31 de octubre, por lo que su contenido definitivo todavía puede modificarse antes de su eventual publicación en el Diario Oficial de la Federación. No obstante, dado el tamaño del cambio propuesto —particularmente para las personas morales con ingresos superiores a $50 millones de pesos—, recomendamos comenzar desde ahora a modelar su efecto en los pagos provisionales y en la planeación de deducciones y pérdidas fiscales del cierre de 2026.
En ese sentido, nos ponemos a sus órdenes para analizar el impacto específico de esta Iniciativa en su operación, así como la viabilidad de acogerse a los ajustes propuestos al RESICO o a los estímulos de repatriación de capitales, en caso de que resulten aplicables a su negocio.
[1] Paquete Económico 2027, Secretaría de Hacienda y Crédito Público: https://www.ppef.hacienda.gob.mx/
[2] Gaceta Parlamentaria, Cámara de Diputados, iniciativas del Paquete Económico 2027 recibidas el 8 de septiembre de 2026: https://gaceta.diputados.gob.mx/
[3] Datos de deducciones, pérdidas fiscales, RESICO y estímulos: iniciativa de decreto que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de la Ley del Impuesto sobre la Renta, presentada por el Ejecutivo Federal el 8 de septiembre de 2026 como parte del Paquete Económico 2027.