Beneficios fiscales CDMX 2026

Regularización de adeudos: predial, agua y multas (2 de marzo – 30 de abril de 2026)

Este es el programa con mayor potencial de ahorro para contribuyentes con adeudos históricos. La ventana para tramitarlo vence el 30 de abril de 2026, aunque los pagos y conciliaciones pueden completarse con posterioridad siempre que la solicitud haya ingresado dentro del plazo.

Predial (ejercicios 2021–2025)

Para inmuebles cuyos valores catastrales se ubiquen en los rangos A, B, C y D de la tarifa, se exime el total del impuesto actualizado y sus accesorios a cambio del pago de una cuota única:

Uso del inmueble

Cuota única

Habitacional

$1,000.00

No habitacional o mixto

$2,000.00

Cuando el adeudo total actualizado sea menor a esas cuotas, se exime el 50% del adeudo y el 100% de los accesorios. Para inmuebles en rangos superiores (E en adelante), se exime el 100% de los accesorios, debiendo cubrirse el impuesto actualizado.

Derechos por suministro de agua (ejercicios 2021–2025)

Los porcentajes de exención varían según el uso del inmueble, siempre con condonación del 100% de accesorios:

Tipo de uso

% eximido del principal

% a cubrir por el contribuyente

Doméstico

50%

50%

Mixto

30%

70%

No doméstico

20%

80%

Dependencias y entidades de gobierno 100% de actualizaciones y accesorios

(no doméstico) 100% del principal


Multas de tránsito (infracciones del 1° de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2025)

Se exime el 90% del monto de las multas y sus accesorios, cubriendo únicamente el 10% restante. Quedan excluidas las infracciones por invadir carriles restringidos, las vinculadas a hechos de tránsito con lesionados, las relacionadas con delitos y las sujetas a procedimientos penales o administrativos en trámite.

Prescripción y caducidad de créditos con más de cinco años

Una facilidad adicional y poco difundida: se habilita un trámite simplificado —presencial y electrónico— para declarar la prescripción de créditos fiscales y la caducidad de facultades de comprobación en predial, agua y multas de tránsito cuando los adeudos superen cinco años de antigüedad. Para contribuyentes con adeudos antiguos, este mecanismo puede ser incluso más favorable que el programa de regularización.

Importante: los beneficios de regularización no proceden cuando el contribuyente tiene un procedimiento penal en curso por delitos fiscales, y quien proporcione documentación falsa perderá automáticamente los beneficios otorgados. Además, quienes tengan medios de defensa en trámite deberán desistirse antes de aplicar los beneficios.

Subsidios al impuesto predial del ejercicio 2026

Para el ejercicio corriente, se publica el programa general de subsidios al predial que cubre inmuebles de uso habitacional o mixto. Los beneficios se estructuran por rango de valor catastral:

Rangos A–D: cuota fija bimestral

Los inmuebles de uso habitacional o mixto en los rangos más bajos de la tarifa pagarán únicamente las siguientes cuotas bimestrales, independientemente del impuesto que arrojaría el cálculo normal:

Rango

Cuota bimestral

A

$68.00

B

$77.00

C

$94.00

D

$111.00


Rangos E–G: subsidio porcentual

Los inmuebles en rangos medios reciben un subsidio sobre el impuesto calculado:

Rango

Subsidio

E

50%

F

35%

G

25%

Adicionalmente, se mantiene la condonación del 30% del predial para jubilados, pensionados y adultos mayores sin ingresos fijos en viviendas de uso habitacional. Las condonaciones por daños estructurales (grietas, hundimientos, Tren Toluca y Línea 12 del Metro) se mantienen en los mismos términos publicados en el CFCDMX de diciembre de 2025.

Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos

Se publica el acuerdo de subsidio del 100% del impuesto sobre tenencia para el ejercicio 2026, con las siguientes condiciones y vigencias:

  • Vehículos existentes (hasta $638,000 sin IVA depreciado; motocicletas hasta $250,000): subsidio del 100% vigente del 1° de enero al 31 de marzo de 2026.

  • Vehículos nuevos adquiridos en 2026 (mismo límite de valor): subsidio del 100% vigente hasta el 31 de diciembre de 2026, siempre que se cubran los derechos de alta (placas, tarjeta de circulación y calcomanía).

El beneficio aplica a personas físicas y morales sin fines de lucro. Para vehículos existentes, el plazo del 31 de marzo es crítico: quien no tramite el pago antes de esa fecha no podrá acceder al subsidio por ese concepto.

Derechos por Suministro de Agua: beneficios del ejercicio 2026

Además del programa de regularización de adeudos históricos, se publican los siguientes beneficios para el ejercicio corriente:

  • Subsidio del 50% en derechos de conexión y servicios hidráulicos: Para inmuebles de uso doméstico o mixto ubicados en manzanas de tipo popular o baja (tomas de 13 mm, descargas de 15 cm).

  • Subsidio del 50% en suministro de agua para mercados y MIPYMES: Tomas no domésticas de mercados públicos, concentraciones y micro o pequeñas empresas con consumo de hasta 30,000 litros bimestrales.

  • Condonación del 100% desde 2020 por suministro insuficiente: Para usuarios domésticos o mixtos, mercados y concentraciones en colonias específicas ya publicadas en la Gaceta. Incluye recargos y sanciones.

  • Zonas con servicio por tandeo: Cuota fija por toma y descuento del 95% en derechos de conexión y regularización para las colonias incluidas en el listado publicado.


Impuesto sobre Espectáculos Públicos

Un beneficio relevante para el sector cultural y de entretenimiento: los espectáculos teatrales que se presenten en teatros del Sistema de Teatros de la CDMX quedan exentos del impuesto. Igualmente, las presentaciones escénicas con aforo máximo de 100 espectadores (incluyendo localidades de cortesía) tampoco causan el impuesto.

Para espectáculos teatrales con aforo de hasta 2,499 espectadores, se condona el 95% del impuesto. Los beneficios son vigentes del 1° de enero al 31 de diciembre de 2026, con la salvedad de que el impuesto de diciembre puede aplicarse hasta los primeros diez días de enero de 2027.

El paquete de beneficios fiscales de la CDMX para 2026 es amplio, pero tiene ventanas de tiempo definidas que no admiten prórroga. El programa de regularización de adeudos de cinco años vence el 30 de abril, el subsidio de tenencia vehicular para vehículos existentes cierra el 31 de marzo, y el descuento por pago anticipado de predial solo aplica en enero o febrero. Identificar con tiempo si alguno de estos supuestos aplica a su situación puede traducirse en ahorros sustantivos.

En nuestra Firma estamos en posición de revisar su situación específica frente a cada uno de estos beneficios, cuantificar el ahorro potencial y acompañarles en la gestión de los trámites correspondientes, incluyendo los de prescripción o caducidad cuando sean aplicables. Con gusto nos ponemos a sus órdenes.

Fuente: Gaceta Oficial de la Ciudad de México, publicaciones del 16 y 30 de enero de 2026 (acuerdos y resoluciones de carácter general en materia de beneficios fiscales 2026).

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